Office of the Special Representative of the Secretary-General on Violence Against Children
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Senado de Chile aprueba el Tercer Protocolo Facultativo a la Convención sobre los Derechos del Niños y se compromete con el fortalecimiento de sistemas de proteccion internacional y nacional de derechos de la infancia

El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), la Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la Violencia contra los Niños (S
📅 02/04/2015 Noticias SRSG eNews Español Américas

El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), la Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la Violencia contra los Niños (SRSG VAC), la Oficina Regional para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Un

02/04/2015
El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), la Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la Violencia contra los Niños (SRSG VAC), la Oficina Regional para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) saludan la aprobación del Senado de Chile, que en forma unánime ratificó el Tercer Protocolo Facultativo a la Convención sobre los Derechos del Niño, próximo a entrar en vigencia. Dicho tratado establece un mecanismo de denuncias individuales que constituye un hito para el cumplimiento del Derecho Internacional de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Este protocolo faculta a las personas individuales, y por primera vez a los niños, niñas y adolescentes, a presentar denuncias ante el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, en caso de ser víctimas de una violación por parte de ese Estado, de cualquiera de los derechos enunciados en la Convención sobre los Derechos del Niño, además de los Protocolos Facultativos relativos a la participación de niños en los conflictos armados, a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.
Este sistema de denuncias no sustituye a los mecanismos y procedimientos internos de cada país, ya que opera solo cuando los propios Estados Partes no han respetado, protegido o garantizado los derechos en el ámbito nacional y siempre que se hayan agotado los recursos de la jurisdicción interna, a menos que estos sean exageradamente prolongados o ineficaces.
Entre los requisitos para la admisión de una denuncia se cuentan que esta no haya sido presentada a ningún otro procedimiento internacional de investigación o resolución de conflictos; que se encuentre debidamente respaldada y fundada en hechos; y que cumpla con el plazo previsto para su presentación.
La Directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), Lorena Fries, valoró este paso para seguir avanzando en la protección de la infancia. “Como INDH, valoramos profundamente la entrada en vigencia de este mecanismo, que permitirá que los niños y niñas que en Chile vean vulnerados sus derechos cuenten con una nueva herramienta dentro del sistema de Naciones Unidas, a la cual pueden recurrir para hacer valer sus derechos. Es importante que los niños y la sociedad civil en su conjunto conozcan las nuevas herramientas que este tratado les otorga para su protección y seguridad”, manifestó.
Saludando la reciente votación del Senado chileno, la Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la Violencia contra los Niños, Marta Santos Pais, señaló que “la ratificación por parte de Chile del Tercer Protocolo constituye un hito trascendental hacia la consolidación del sistema de protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes,  garantizando el establecimiento de mecanismos  de prevención y protección de la niñez fren

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